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Ley de Dependencia. “LA LEY”

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, más conocida como «Ley de dependencia», crea el actual Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que es el conjunto de servicios y prestaciones destinados a la promoción de la autonomía personal, así como a la protección y atención a las personas, a través de servicios públicos y privados concertados debidamente acreditados.

La Ley de Dependencia configura el derecho a la atención de las personas en situación de dependencia como un nuevo derecho de ciudadanía, un derecho de acceso en igualdad a elementos esenciales para la vida autónoma de muchas personas, para su dignidad.

Toda la sociedad española fue poniendo uno tras otro los escalones para alcanzar esta meta: los sindicatos y los empresarios, con el acuerdo que sirvió de base para elaborar la Ley y a los cuales se le deben las piezas claves del sistema; las organizaciones más representativas de las personas mayores y de las personas con minusvalidez, que con paciencia y tesón hicieron ver la realidad a la que se enfrentan cada día las personas en situación de dependencia.

La implantación de la Ley está siendo progresiva. En el año 2007 accedieron al Sistema los casos más graves, las personas que se encuentran en situación de grande dependencia, las que demandan ayuda con mayor urgencia; en 2008 se atiende a las personas con dependencia severa Grado II, nivel 2 (personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día pero no requieren el apoyo permanente de un cuidador o tienen necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal).

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Los ciudadanos y ciudadanas pueden exigir este derecho a las Administraciones competentes, en este caso, a las Comunidades Autónomas. Así podrán acudir a los servicios sociales corresponsales para solicitar una evaluación que determine su posible grado y nivel de dependencia.

Una vez definida la situación personal, los profesionales de los servicios sociales elaborarán un Programa Individual de Atención, que incluirá los servicios y prestaciones que el ciudadano necesite y que los poder públicos tienen ahora por Ley a deber de ofrecerles, siempre habida cuenta el calendario de implantación progresiva de la Ley de Dependencia.

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