En entradas anteriores hemos hablado de la Ley de dependencia, sus grados y los servicios que la misma ofrece.
Hoy hablaremos de aquellos requisitos básicos que debe reunir una persona que quiera beneficiarse de sus prestaciones y servicios.
En primer lugar, es imprescindible tener nacionalidad española. No obstante, en aquellos casos en los que la persona dependiente sea extranjera, pero reúna todos los demás requisitos, se regirá por lo dispuesto en la ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
En segundo lugar, debemos encontrarnos en situación de dependencia en alguno de los grados que establece la ley.
En tercer lugar, es necesario que el beneficiario lleve residiendo en España durante, al menos, los cinco últimos años. Además, los dos últimos tienen que ser necesariamente anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
En cuarto lugar, no es necesario tener una edad determinada, pues no se establece una edad mínima ni una máxima para acceder a las prestaciones previstas en la ley.
¿Cómo se regula el acceso a los servicios?
La ley de dependencia establece un calendario con un orden de prioridades. El criterio determinante para clasificar a los beneficiarios es el grado de dependencia que presenten, para así poder satisfacer mejor sus necesidades. También influye en la valoración la capacidad económica, la edad y el tipo de servicio que se solicita.
Prestaciones económicas:
Dentro de este apartado, podemos diferenciar varios tipos de ayudas económicas a la dependencia:
- Prestaciones económicas vinculadas a un servicio: son periódicas y las recibirán aquellas personas que no puedan acceder a un servicio público o concertado de atención a la dependencia.
- Prestaciones económicas para el cuidado de la persona dependiente por personas no profesionales: la persona dependiente es atendida en el entorno familiar sin desplazarse a ningún centro. El cuidador es un familiar que debe estar dado de alta en la Seguridad Social y seguir las pautas marcadas por profesionales para una mejor calidad de vida del beneficiario de la prestación.
Prestación económica para la asistencia personal: la persona dependiente recibe una ayuda dineraria para poder contratar a una determinada persona que lo asista en su vida diaria.